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Septiembre 1, 2026
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Vencen plazos de declaración de renta para NIT terminados entre 27 y 34Actualizado · hace 19 díasi
Resumen
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La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) continúa con el cronograma de declaración de renta para personas naturales correspondiente al año gravable 2025. Entre el 1 y el 4 de septiembre, los contribuyentes cuyos dos últimos dígitos del NIT o cédula oscilen entre 27 y 34 deben cumplir con esta obligación tributaria. La entidad busca recaudar 6,1 billones de pesos durante esta temporada que inició el 12 de agosto y se extenderá hasta el 26 de octubre de 2026.
El proceso de declaración es obligatorio para quienes superaron los topes de ingresos, patrimonio, consumos con tarjetas de crédito o consignaciones bancarias establecidos para el año 2025. La DIAN enfatiza que la presentación oportuna es fundamental para evitar sanciones económicas e intereses moratorios, los cuales pueden superar los 500.000 pesos. Los ciudadanos pueden consultar en el portal oficial si cuentan con una declaración sugerida, aunque la responsabilidad final sobre la veracidad de los datos recae exclusivamente en el contribuyente.
El calendario tributario contempla una excepción específica para los habitantes de zonas afectadas por el terremoto del 10 de agosto en departamentos como Risaralda, Valle del Cauca, Chocó, Quindío, Caldas y Cauca. Para estos ciudadanos, el Decreto 1226 del 18 de agosto otorgó una prórroga que permite presentar la declaración entre el 27 de octubre y el 13 de noviembre. El resto de la población debe ceñirse estrictamente a las fechas asignadas según su número de identificación para evitar procesos sancionatorios.
Análisis Político
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La estrategia política de la DIAN se centra en la tecnificación y automatización del recaudo, utilizando la figura de la 'declaración sugerida' para reducir la evasión y facilitar el cumplimiento voluntario. Al mantener un calendario escalonado, el Estado busca optimizar el flujo de caja y evitar la congestión administrativa, mientras que la implementación de plazos especiales por desastres naturales funciona como una medida de alivio fiscal que busca mitigar el impacto social y político en las regiones afectadas por el sismo.
En este escenario, el Estado gana eficiencia en el control fiscal, mientras que el contribuyente asume la carga de la responsabilidad administrativa y el riesgo de sanciones. La narrativa oficial se construye desde la pedagogía y la advertencia sobre las consecuencias económicas del incumplimiento, contraponiéndose a la percepción ciudadana de una carga tributaria creciente. La distinción entre quienes deben declarar y quienes deben pagar se convierte en un punto clave de la comunicación estatal para gestionar la expectativa pública y evitar el descontento social durante la temporada de impuestos.
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2 de sept de 2026, 07:19 a. m.36 artículos
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DIAN avanza en calendario de renta 2026 con plazos especiales por sismo
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) continúa con el cronograma de vencimientos para la declaración de renta de personas naturales co...
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) continúa con el cronograma de vencimientos para la declaración de renta de personas naturales correspondiente al año gravable 2025. Entre el 31 de agosto y el 4 de septiembre, los contribuyentes cuyos NIT finalizan en los dígitos 25 al 34 deben cumplir con esta obligación tributaria. La entidad ha enfatizado la importancia de realizar el trámite en las fechas estipuladas para evitar sanciones por extemporaneidad e intereses moratorios.
El calendario ordinario, que inició el 12 de agosto y se extenderá hasta el 26 de octubre, abarca a cerca de 7 millones de ciudadanos obligados a declarar. Los contribuyentes deben verificar sus ingresos, patrimonio y movimientos financieros para determinar si cumplen con los umbrales establecidos por la ley. La DIAN ha dispuesto herramientas digitales y declaraciones sugeridas para facilitar el proceso, aunque recalca que la responsabilidad final sobre la veracidad de los datos recae exclusivamente en el ciudadano.
Una excepción significativa en este proceso es la medida de alivio para los damnificados por el terremoto del 10 de agosto. Aproximadamente 308.000 personas en departamentos como Risaralda, Valle del Cauca, Chocó, Quindío, Caldas y Cauca cuentan con plazos extendidos entre octubre y noviembre. Esta disposición busca mitigar el impacto administrativo para los ciudadanos afectados por la emergencia natural, diferenciándolos del calendario general que sigue vigente para el resto del país.
Análisis político
La estrategia política de la DIAN se centra en la tecnificación y el cumplimiento estricto de las metas de recaudo, utilizando la pedagogía tributaria como herramienta para minimizar la evasión. Al mantener el calendario ordinario mientras se otorgan alivios focalizados por desastres naturales, el Gobierno busca equilibrar la necesidad de ingresos fiscales con una respuesta humanitaria ante la crisis, evitando un costo político derivado de exigir obligaciones a ciudadanos en situación de vulnerabilidad extrema.
En este escenario, el Estado gana legitimidad al mostrar capacidad de respuesta ante emergencias, mientras que el contribuyente pierde margen de maniobra al estar sujeto a una vigilancia fiscal rigurosa. La narrativa oficial se construye desde la responsabilidad ciudadana y el deber de contribuir al gasto público, contrastando con la realidad de los damnificados, cuya narrativa se enfoca en la excepcionalidad y la necesidad de protección estatal frente a la tragedia.
31 de ago de 2026, 09:39 p. m.33 artículos
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DIAN avanza en calendario de renta 2026 con plazos especiales por sismo
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) continúa con el cronograma de vencimientos para la declaración de renta de personas naturales, e...
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) continúa con el cronograma de vencimientos para la declaración de renta de personas naturales, el cual se extiende desde el 12 de agosto hasta el 26 de octubre de 2026. Los plazos para presentar esta obligación tributaria se definen según los dos últimos dígitos del Número de Identificación Tributaria (NIT) de cada contribuyente. Durante la última semana de agosto y principios de septiembre, se concentran jornadas clave para diversos grupos de ciudadanos obligados a cumplir con este trámite.
Análisis político
La estrategia política de la DIAN se centra en la pedagogía tributaria y la digitalización de procesos para asegurar el recaudo, utilizando el calendario como herramienta de control y orden administrativo. La entidad busca mitigar el riesgo de evasión mediante la advertencia constante sobre sanciones económicas, las cuales ascienden a un mínimo de 523.740 pesos por extemporaneidad, reforzando la autoridad estatal sobre el cumplimiento de las obligaciones fiscales de los ciudadanos.
El evento evidencia una clara distinción entre los contribuyentes que operan bajo el calendario ordinario y aquellos beneficiados por medidas de excepción tras el terremoto del 10 de agosto. Mientras el Estado mantiene la presión recaudatoria, la flexibilización de plazos para los damnificados en departamentos como Risaralda, Valle del Cauca y Cauca funciona como una narrativa de alivio gubernamental, diferenciando a los ciudadanos según su situación geográfica y afectación por el desastre natural.
30 de ago de 2026, 09:33 p. m.32 artículos
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DIAN avanza en calendario de renta 2026 con plazos especiales por sismo
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) continúa el calendario de vencimientos para la declaración de renta de personas naturales, corre...
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) continúa el calendario de vencimientos para la declaración de renta de personas naturales, correspondiente al año gravable 2025, el cual se extiende desde el 12 de agosto hasta el 26 de octubre de 2026. Los contribuyentes deben verificar su obligación según topes de ingresos, patrimonio, consumos con tarjeta de crédito o consignaciones bancarias superiores a 69.719.000 pesos. La entidad enfatiza que la responsabilidad sobre la veracidad de los datos reportados recae exclusivamente en el ciudadano, quien debe validar la información sugerida en el portal oficial antes de realizar el trámite electrónico.
El Gobierno Nacional estableció una medida de alivio mediante el Decreto 1226 del 18 de agosto de 2026, otorgando plazos adicionales para cerca de 308.000 contribuyentes afectados por el terremoto de magnitud 7,4 ocurrido el 10 de agosto. Esta excepción aplica para personas naturales con domicilio fiscal en municipios de Risaralda, Valle del Cauca, Chocó, Quindío, Caldas y Cauca, cuyos NIT terminan entre 01 y 26. Para este grupo, las nuevas fechas de vencimiento se reprogramaron entre el 27 de octubre y el 13 de noviembre de 2026.
El incumplimiento de estas obligaciones conlleva sanciones económicas significativas, incluyendo una multa mínima de 523.740 pesos, equivalente a 10 UVT, además de posibles intereses moratorios si existe un saldo a pagar. La DIAN ha instado a los contribuyentes a utilizar herramientas digitales como el botón PSE para agilizar el recaudo y evitar contratiempos. Asimismo, se recordó que los saldos a favor pueden ser objeto de devolución, compensación o imputación para el año siguiente, siempre que se conserven los soportes documentales exigidos por el Estatuto Tributario.
Análisis político
La estrategia política observada se centra en la gestión de la crisis tras el sismo, donde el Gobierno busca equilibrar la eficiencia en el recaudo tributario con la necesidad de aliviar la carga administrativa de los ciudadanos damnificados. Al otorgar plazos especiales, el Ejecutivo intenta mitigar el impacto social y económico del desastre natural, evitando que la presión fiscal se convierta en un foco de descontento social en las regiones afectadas.
En este escenario, el Estado gana legitimidad al mostrar flexibilidad institucional, mientras que el contribuyente promedio, que no fue afectado por el sismo, mantiene la presión de cumplir con sus obligaciones bajo el calendario ordinario. La narrativa oficial se construye sobre la modernización y digitalización del recaudo, contrastando la rigurosidad técnica de la DIAN con la excepcionalidad humanitaria requerida por la emergencia, lo que permite al Gobierno mantener la estabilidad de los ingresos públicos sin parecer insensible ante la tragedia.
29 de ago de 2026, 09:35 p. m.31 artículos
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DIAN ajusta calendario tributario para afectados por el terremoto del 10 de agosto
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) estableció nuevos plazos para la presentación y pago de la declaración de renta de personas natu...
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) estableció nuevos plazos para la presentación y pago de la declaración de renta de personas naturales, tras el terremoto de magnitud 7,4 ocurrido el pasado 10 de agosto. El Decreto 1226 del 18 de agosto de 2026 beneficia a cerca de 308.000 contribuyentes con domicilio fiscal en municipios de Risaralda, Valle del Cauca, Chocó, Quindío, Caldas y Cauca. Estos ciudadanos podrán cumplir con su obligación tributaria entre el 27 de octubre y el 13 de noviembre, dependiendo de los dos últimos dígitos de su NIT.
El resto de los contribuyentes en el país debe continuar con el calendario ordinario, que inició el 12 de agosto y finaliza el 26 de octubre. La entidad enfatizó que el beneficio no es automático para todos los habitantes de las zonas afectadas, sino que está restringido a quienes cumplen con los requisitos específicos de domicilio fiscal y terminación de NIT. Aquellos que no cumplan con las condiciones deben mantener las fechas originales para evitar sanciones por extemporaneidad, las cuales tienen un valor mínimo de 523.740 pesos para el año 2026.
Adicionalmente, el director de la DIAN invitó a los contribuyentes a realizar un aporte voluntario en sus declaraciones para apoyar la reconstrucción de las zonas impactadas por el sismo. La entidad recordó que, aunque existen herramientas digitales para facilitar el proceso, la responsabilidad sobre la veracidad de la información reportada recae exclusivamente en el ciudadano. Las autoridades instaron a los contribuyentes a verificar su situación en el portal oficial antes de las fechas de vencimiento correspondientes.
Análisis político
La estrategia del Gobierno se centra en la flexibilización administrativa como mecanismo de alivio ante una crisis humanitaria, buscando mitigar el impacto económico en las regiones afectadas sin comprometer la meta de recaudo nacional. Al otorgar plazos extraordinarios, el Ejecutivo intenta mantener la legitimidad institucional y evitar el costo político de exigir obligaciones fiscales a ciudadanos que enfrentan una emergencia, mientras proyecta una imagen de Estado presente y empático.
El Gobierno gana al fomentar la solidaridad mediante la invitación al aporte voluntario, transformando una obligación tributaria en un ejercicio de cohesión social. Por su parte, los contribuyentes en zonas de desastre obtienen un respiro financiero necesario, aunque la narrativa oficial subraya la importancia de la responsabilidad fiscal. La construcción de esta narrativa permite al Estado equilibrar la necesidad de ingresos públicos con la realidad de una crisis, diferenciando claramente entre los ciudadanos que requieren apoyo y aquellos que deben cumplir con el calendario ordinario.
26 de ago de 2026, 07:20 a. m.30 artículos
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DIAN ajusta calendario tributario para afectados por el terremoto del 10 de agosto
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) estableció nuevos plazos para la presentación y pago de la declaración de renta de personas natu...
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) estableció nuevos plazos para la presentación y pago de la declaración de renta de personas naturales y sucesiones ilíquidas. Esta medida, formalizada mediante el Decreto 1226 de 2026, responde a la emergencia nacional provocada por el terremoto del pasado 10 de agosto. El beneficio aplica exclusivamente a contribuyentes con domicilio fiscal en municipios adscritos a las direcciones seccionales de Cali, Palmira, Tuluá, Buenaventura, Pereira, Armenia, Manizales, Quibdó y Popayán.
Los contribuyentes cobijados por esta disposición transitoria podrán cumplir con su obligación tributaria entre el 27 de octubre y el 13 de noviembre de 2026, dependiendo de los dos últimos dígitos de su NIT. Para el resto de la población nacional, el calendario tributario ordinario se mantiene vigente, con vencimientos programados hasta el 26 de octubre. La entidad enfatizó que quienes no cumplan con las fechas asignadas, ya sean las ordinarias o las extraordinarias, deberán asumir sanciones por extemporaneidad e intereses moratorios.
El director de la DIAN, Andrés Felipe Velásquez Reyes, estimó que esta medida beneficia a cerca de 308.000 personas, representando aproximadamente el 14% de los declarantes del país. Adicionalmente, la entidad hizo un llamado a la solidaridad nacional invitando a los contribuyentes a realizar un aporte voluntario en sus declaraciones para apoyar la reconstrucción de las zonas afectadas por el sismo. La institución recordó que la declaración debe realizarse de manera electrónica y que la responsabilidad sobre la veracidad de la información reportada recae directamente en el ciudadano.
Análisis político
La estrategia del Gobierno se centra en la gestión de crisis mediante el alivio de cargas administrativas para evitar un colapso en el cumplimiento tributario en regiones golpeadas por el desastre natural. Al otorgar plazos extraordinarios, el Estado busca mantener la legitimidad institucional y la eficiencia en el recaudo, evitando que la emergencia se traduzca en una ola masiva de sanciones que afectaría la economía local de los departamentos damnificados.
El Gobierno gana al proyectar una imagen de empatía y capacidad de respuesta técnica, mientras que los contribuyentes de las zonas afectadas ganan un respiro financiero necesario para la recuperación. La narrativa oficial construye un relato de solidaridad nacional, reforzado por la invitación al aporte voluntario, lo cual permite al Ejecutivo capitalizar la crisis para fomentar una cultura de contribución social, diferenciando claramente entre la población en emergencia y el resto del país que debe cumplir con sus obligaciones en los tiempos ordinarios.
24 de ago de 2026, 09:35 p. m.24 artículos
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DIAN ajusta calendario tributario para afectados por el terremoto del 10 de agosto
El Gobierno Nacional, a través del Decreto 1226 de 2026, estableció un calendario tributario especial para los contribuyentes afectados por el sismo o...
El Gobierno Nacional, a través del Decreto 1226 de 2026, estableció un calendario tributario especial para los contribuyentes afectados por el sismo ocurrido el pasado 10 de agosto. Esta medida beneficia a cerca de 308.000 personas naturales y sucesiones ilíquidas con domicilio fiscal en municipios de los departamentos de Valle del Cauca, Risaralda, Quindío, Caldas, Chocó y Cauca. Los nuevos plazos para la presentación y pago de la declaración de renta se trasladaron entre el 27 de octubre y el 13 de noviembre de 2026.
La entidad aclaró que este alivio aplica únicamente a quienes tenían su domicilio registrado en las seccionales de la DIAN de Cali, Palmira, Tuluá, Buenaventura, Pereira, Armenia, Manizales, Quibdó y Popayán a la fecha del desastre. También cobija a quienes deban inscribirse por primera vez en el Registro Único Tributario (RUT) dentro de estas zonas. El director de la DIAN, Andrés Felipe Velásquez Reyes, señaló que se espera recaudar aproximadamente $213.000 millones mediante esta reprogramación, permitiendo que los ciudadanos prioricen la atención de la emergencia.
Para el resto del país, el calendario tributario se mantiene vigente según los plazos originales que van del 12 de agosto al 26 de octubre. Las autoridades enfatizaron la importancia de verificar la información en el portal oficial, realizar el trámite de manera electrónica y evitar sanciones por extemporaneidad. Asimismo, se invitó a los contribuyentes a realizar un aporte voluntario en su declaración para apoyar las labores de reconstrucción en los territorios impactados por el sismo.
Análisis político
La estrategia del Gobierno se centra en la gestión de crisis mediante la flexibilización de obligaciones fiscales, buscando un equilibrio entre la necesidad de recaudo y la realidad socioeconómica de las regiones damnificadas. Al otorgar este alivio, el Ejecutivo proyecta una imagen de empatía y gobernabilidad, evitando el costo político que implicaría exigir pagos en medio de una emergencia nacional, mientras asegura la entrada de recursos a mediano plazo.
En este escenario, el Gobierno gana legitimidad al mostrar capacidad de respuesta institucional, mientras que los contribuyentes de las zonas afectadas obtienen un respiro financiero necesario. La narrativa oficial se construye sobre la solidaridad y la eficiencia, incentivando incluso el aporte voluntario como un mecanismo de cohesión social, lo que contrasta con la rigidez administrativa que deben mantener los contribuyentes del resto del país, quienes deben cumplir con sus obligaciones bajo el calendario ordinario.
Sesgo mediático
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Centro-derecha69%
Izquierda7%
Centro29%
Derecha64%
Ideología histórica de medios
i
IzquierdaCentro-Izq
Centro
Institucionales
Centro-DerDerecha
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